¿Estando separada tienes derecho a la herencia de tu marido excónyuge?
No, tanto las personas, separadas como divorciadas y separadas de hecho no son herederos forzosos.
Por ello, no tendrán ningún derecho garantizado por la Ley. Otra cosa es que a pesar de no tener ningún tipo de derecho
Puede pensar que mi pareja hace lo que le da la gana, pero es que las herencias son para los herederos y los herederos forzosos en España son los cónyuges, a no ser que estén separados o separados de hecho.
A tal efecto para clarificar la delimitación de derechos y obligaciones, los siguientes artículos del Código Civil:
No tendrá lugar el llamamiento a que se refiere el artículo anterior si el cónyuge estuviere separado legalmente o de hecho.
art 945 cc
El cónyuge que al morir su consorte no se hallase separado de éste legalmente o de hecho, si concurre a la herencia con hijos o descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio destinado a mejora.
art 834 cc
Al final lo que debemos de entender como punto de partida de todo lo demás es que durante la vigencia de un matrimonio, el cónyuge, ya sea esposo o esposa, tiene derecho a una parte de la herencia, el denominado usufructo viudal. Este derecho persiste mientras que el matrimonio se mantiene. Por ello, consecuentemente, cuando el matrimonio ya no está en vigor, no procede derecho a la herencia.
Sí es posible que respecto de la parte de libre disposición de la herencia, en testamento, el cónyuge separado deje una parte concreta de su herencia en favor de su cónyuge a pesar de estar separada o divorciada. A tal efecto no se tratará de una heredera según Ley, sino según la última disposición testamentaria de una persona, con independencia de su estado civil.